Cómo apelar un parte si fui multado en Semana Santa

El MOPT informó que los infractores tienen 10 días para apelar la multa.

    Los infractores que fueron multados durante Semana Santa tienen 10 días hábiles para apelar.
Costa Rica /

Este martes 11 de abril, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), anunció que los infractores que fueron multados durante Semana Santa tienen 10 días hábiles para apelar.

Desde hace días atrás la entidad gubernamental había informado que en caso de ser multado o de que le bajaran las placas en Semana Santa, tendrían que esperarse hasta el 11 de abril para comenzar el proceso de apelación o de las placas.


Ahora quienes hayan sido multados durante esta semana, tendrán 10 días hábiles para apelar a partir de hoy. Mientras que a quienes se les multó durante los días libres, tendrá hasta el 24 de abril para apelar.

El MOPT, anunció que durante Semana Santa se aplicaron cerca de 8000 infracciones a la Ley de Tránsito. De las cuales, 301 fueron por estacionamiento indebido, 254 por por exceso de velocidad, 607 por irrespeto a la demarcación.


Además, 77 fueron por alcohol al volante, 16 por uso del celular al volante y 128 por tranporte ilegal de personas.

El exceso de velocidad, el alcohol al volante y el uso del celular mientras se conduce, pese a las constantes recomendaciones en redes sociales, por parte del MOPT y de la Policía de Tránsito, volvieron a ser protagonistas en las carreteras, durante Semana Santa.

¿Cómo apelar parte si fui multado en Semana Santa?

Infractores deben revisar en www.csv.go.cr si su falta ya aparece documentada.

Se puede apelar por correo electrónico, sin necesidad de firma digital.

Quienes paguen en los primeros 10 días hábiles a la confección de la multa se les hará un descuento del 15 por ciento, excepto si es una multa categoría A (¢368.000 aproximadamente).

Propietarios deben sacar cita para devolución de placas o vehículos.


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