La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica declaró con lugar un recurso de amparo presentado a favor del presidente Rodrigo Chaves.
La acción fue presentada por la diputada Ada Gabriela Acuña Castro, alegando que la Comisión Legislativa para la investigación de las presuntas estructuras irregulares de financiamiento en la campaña presidencial de 2022 vulneró derechos fundamentales del mandatario al no permitirle comparecer.
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"La recurrente reclama que nunca se llamó a comparecer al presidente de la República, violando sus garantías fundamentales y el principio de igualdad. Indica que ese informe de mayoría emitido por la Comisión, además, fue acogido por el Plenario Legislativo", se detalló en el comunicado de la Sala Constitucional.
La sentencia emitida a favor del presidente de la República es la N° 2024-16848.
La Sala Constitucional, en un fallo unánime, determinó que hubo una lesión al derecho de defensa del presidente, ya que durante el período de trabajo de la Comisión no se le otorgó audiencia, contraviniendo lo estipulado en el artículo 39 de la Constitución Política.
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Los magistrados se basaron en jurisprudencia previa, especialmente en los votos N° 1999-000592 y N° 2018-010132, que sentaron precedentes sobre la importancia de la comparecencia en procedimientos similares.
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El Tribunal Constitucional reiteró que, aunque el debido proceso en procedimientos administrativos o jurisdiccionales no puede trasladarse íntegramente a procedimientos de control político, el derecho de defensa sigue siendo indispensable. La comparecencia proporciona al investigador la oportunidad de presentar sus argumentos antes de que el Plenario Legislativo apruebe cualquier informe.
En consecuencia, se anuló la recomendación de sanción contra el presidente Chaves contenida en el informe de la Comisión del 29 de enero de 2024, y que fue ratificada por el Plenario Legislativo el 26 de febrero de 2024, la cual incluía la consideración de inhabilitación para ejercer cargos públicos por presuntos delitos electorales.
La sentencia integral está en proceso de redacción y se notificará a las partes en cuanto se concluya. Posteriormente, se publicará en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para acceso público.
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