Lista de proyectos nuevos solicitados por Rodrigo Chaves a los diputados

Uno de ellos es la eliminación de 15 instituciones adscritas a los ministerios.

    (Foto: Archivo)
San José /

El presidente de la República, Rodrigo Chaves, anunció una serie de nuevos proyectos de ley que solicitó a los diputados.

Se trata de: 

1. Eliminación de órganos desconcentrados de los Ministerios.

Se elimina la figura de la desconcentración de 15 instituciones adscritas a los ministerios las cuales tienen un nivel incipiente de consolidación, y se devuelve al ministerio rector dichas competencias. Con ello se simplifica la estructura del Estado, se eliminan duplicidades funcionales y se mejora el direccionamiento técnico y la toma de decisiones del ministro sobre la totalidad de competencias ministeriales.

Los órganos desconcentrados que se suprimirían serían:

  • Consejo Técnico de Asistencia Médico Social (CTAMS
  • Consejo Interinstitucional de Atención a la Madre Adolescente (CIAMA)
  •  Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS)
  •  Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS).
  •  Auditoría General de Servicios de Salud.
  •  Sistema Nacional de Educación Musical (SINEM).
  • Junta Administrativa y Dirección General de Migración y Extranjería (DGME)
  • Órgano de Normalización Técnica.
  •  Dirección General del Archivo Nacional.
  • Centro Histórico de la Reforma Agraria de Costa Rica y el Parque Temático.
  • Casa de la Cultura de Puntarenas.
  • Parque Marino del Pacífico.
  • Fondo Nacional de Becas de Solidaridad Social.
  • Consejo Nacional de Clubes 4-S (CONAC).
  • Comisión Costarricense de Cooperación con UNESCO (adscrita al MEP).

2. Proyecto de ley de combate a la corrupción: testigo de la corona y fortalecimiento de deber de denunciar.

El proyecto adiciona el artículo 22 del Código Procesal Penal (Ley 7594) con un nuevo inciso que permita facilitar la persecución y sanción de los delitos relacionados con formas de corrupción que atentan contra la institucionalidad costarricense.

Para tal fin se propone un inciso que permita al Ministerio Público no perseguir al funcionario público que delate hechos y personas cuyas conductas encuadren en delitos contra la Administración de Justicia, los Deberes de la Función Pública, la Hacienda Pública o el Deber de Probidad, siempre y cuando tal delación resulte útil, pertinente y eficaz para la persecución de los delitos cubiertos por esta norma y pruebe la participación de otras personas en los hechos delatados (conocido como testigo de la corona).

Adicionalmente, agrega un párrafo al artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley 8422) para incluir como violaciones al deber de probidad de los funcionarios públicos, aquel que conociendo un hecho de corrupción lo oculta o no procede a denunciar. Esta disposición se amplía también al sector privado, para establecer sanciones penales contra aquel que conociendo casos de corrupción que involucran al sector público calla.


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