El 15 de agosto en Costa Rica se celebra el Día de la Madre, uno de los feriados más importantes y festejados en el país. Las familias se suelen reunir este día especial para compartir y celebrar.
El jueves es un feriado de pago obligatorio según el Código de Trabajo y además, no se traslada, es decir el disfrute se mantiene para el propio día.
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¿Cómo aplicará la restricción vehicular el 15 de agosto de 2024?
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), comunicó que el jueves 15 de agosto, no aplicarán la restricción vehicular por placas en San José.
“Para celebrar con nuestras mamitas sin obstáculos, para visitarla en la casa, para llevarla a comer, para llevarla a pasear no hay restricción de placas en San José este jueves, Día de la Madre”, detalló el MOPT, en su cuenta de Facebook.
Es decir, todos los vehículos pueden ingresar a la capital sin miedo de ser multados.
El viernes 16 de agosto se retomará la restricción vehicular con las placas 9 y 0.
¿Cómo me deben pagar el feriado del 15 de agosto?
El feriado del 15 de agosto es de pago obligatorio, de acuerdo con el Código de Trabajo.
A esto, sin importar la modalidad de pago, mensual, semanal o quincenal, si el trabajador no labura ese día el patrono debe de cancelar el salario completo de manera regular.
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En caso de que la persona trabaje este 15 de agosto, se debe de añadir un día laboral para completar el pago doble que establece la ley.
Cabe aclarar que ninguna persona está obligada a trabajar este día, únicamente si está de acuerdo.
“Si una persona trabajadora se niega a trabajar este día, no puede ser sancionada por esa causa”, detalló el MTSS.
Además, toda empresa sea nacional, transnacional o internacional, deben conceder el día feriado a las personas trabajan en el país. Asimismo, es esencial recordar que los días feriados no pueden ser otorgados como vacaciones.
Por otra parte, si se trabajan horas extras, se deben pagar a tiempo y medio, es decir, pago triple.
¿Cuáles días feriados quedan en este 2024?
Estos son los feriados que faltan por disfrutar en Costa Rica durante este 2024.
- 15 de agosto, no se traslada. (Pago obligatorio)
- 31 de agosto, sábado. (Pago no obligatorio)
- 15 de septiembre, no se traslada. (Pago obligatorio)
- 1° de diciembre, no se traslada. (Pago no obligatorio)
- 25 de diciembre, no se traslada. (Pago obligatorio)
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