Costa Rica mantiene controles veterinarios estrictos para permitir el ingreso de perros y gatos procedentes del extranjero.
El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, exige una serie de requisitos sanitarios obligatorios para reducir riesgos epidemiológicos y garantizar que los animales ingresen en condiciones seguras para la salud pública y la salud animal.
Entre las condiciones generales, todo perro o gato que viaje hacia el país debe pasar por una revisión clínica realizada por un médico veterinario autorizado en el lugar de origen. Esta evaluación debe llevarse a cabo en un plazo no mayor a dos semanas antes del traslado, con el fin de descartar síntomas o enfermedades transmisibles.
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La documentación sanitaria es otro punto central. SENASA solicita un Certificado Sanitario Oficial emitido por la autoridad veterinaria del país de procedencia. Ese documento debe confirmar que el animal cumple con todas las exigencias específicas de vacunación, identificación y tratamientos preventivos establecidos para cada especie.
Además, los animales importados deben estar identificados mediante microchip, cuyo número debe figurar en el certificado oficial. En el caso de perros y gatos mayores de tres meses, se requiere una vacunación vigente contra la rabia.
Los perros deben tener protección contra distemper, hepatitis, parvovirus y leptospirosis, mientras que los gatos requieren inmunización contra rinotraqueitis felina, calicivirus y panleucopenia, además de la rabia.
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Todos esos parámetros deben constar en el certificado: fecha en que se aplicaron las vacunas, marca utilizada, número de lote y el periodo de validez. Si la información no está vigente a la fecha del ingreso, el requisito se considera incumplido.
SENASA también exige desparasitación interna y externa en los 15 días previos al viaje. Como ocurre con las vacunas, el certificado debe incluir marca comercial, lote y vigencia de los antiparasitarios administrados.
Una medida adicional se aplica cuando las mascotas provienen de países que exigen prueba de anticuerpos contra la rabia para retornar. En esos casos, el propietario debe traer ese documento, pues será necesario para los trámites de reexportación.
Cuando la mascota ingresa declarada como carga aérea, además de los requisitos sanitarios, el ingreso debe gestionarse mediante un agente aduanal que tramite el permiso previo de importación. Si cualquiera de las medidas obligatorias se incumple, SENASA puede rechazar el ingreso y ordenar la devolución del animal a su país de origen.
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