SAN JOSÉ.- A partir de este domingo y tras la publicación en el Diario La Gaceta, extranjeros que cuenten con una permanencia legal autorizada bajo las categorías migratorias de residencia permanente, temporal, especiales o no residentes subcategoría estancia, podrán ingresar al país vía terrestre.
Deberán contar con un seguro vigente de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), o en su defecto un seguro de viaje ofrecidos por alguna de las aseguradoras autorizadas por la Superintendencia General de Seguros en Costa Rica y debidamente registrado ante dicha autoridad.
Este seguro tendrá que cubrir al menos los gastos de alojamiento y médicos generados en caso de infectarse por la enfermedad COVID-19, equivalentes a los costos de internamiento en un hospital con un mínimo de cobertura de 22 días, así como gastos de hospedaje por ese mismo plazo mínimo.
En su ingreso a Costa Rica la autoridad migratoria que realiza el control correspondiente deberá emitir y notificar a las personas extranjeras, una orden sanitaria de aislamiento por el plazo de 14 días de acatamiento obligatorio, la cual deberán cumplir a cabalidad durante su permanencia en el país.
Además, se habilita el transporte internacional terrestre únicamente para los viajeros autorizados para ingresar por esa vía a la fecha (costarricense y residente).
INGRESO DE TURISTAS:
Como parte de las medidas de reapertura, solo se permite el ingreso de turistas por las fronteras aéreas y marítimas (yates y veleros, únicamente para llegada a marinas autorizadas) y los visitantes deberán cumplir con los requisitos migratorios establecidos pre pandemia y en la coyuntura sanitaria actual.
Recientemente, se realizó una actualización de estos requerimientos, ahora los pasajeros nacionales y extranjeros que ingresen a Costa Rica por la vía aérea no deberán presentar un resultado de prueba negativa RT-PCR.
Sin embargo, es importante recordar el seguro obligatorio que todo viajero deberá aportar. En el caso de los residentes, deberán estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social, de encontrarse morosos contarán con un plazo de veintidós días para ponerse al día.
RESTRICCIÓN SANITARIA VEHICULAR:
Las autoridades recuerdan que la restricción sanitaria vehicular se mantiene sin cambios a la fecha, con horario de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. (entre semana) y de 9:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. (fines de semana) no se podrá circular.
Salvo la lista de excepciones, no circulan:
- Lunes: 1 y 2
- Martes: 3 y 4
- Miércoles: 5 y 6
- Jueves: 7 y 8
- Viernes: 9 y 0
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