Pensiones alimentarias en Costa Rica: Proceso va a cambiar a partir de octubre 2024

Cambios en pensiones alimentarias buscan agilizar procesos y promover acuerdos.

    Cambios en pensiones alimentarias buscan agilizar procesos y promover acuerdos.
Costa Rica /

El proceso de pensiones alimentarias en Costa Rica experimentará una transformación significativa a partir del 1 de octubre de 2024, con la entrada en vigor del nuevo Código Procesal de Familia. 

Este cambio busca agilizar los trámites y promover acuerdos entre las partes involucradas, lo que marca un giro importante en la manera de abordar estos casos.

La modificación más relevante radica en la inversión del proceso actual. La abogada Karla Herrera explica cómo será el nuevo:

“Posterior a la interposición de la demanda de pensiones, los juzgados tendrán 10 días hábiles para convocar a las partes a un acuerdo conciliatorio (…). Pero, estará plasmado en la norma que, al no existir una conciliación fructuosa entre las partes, el juez interpondrá un monto establecido provisionalmente”, aclaró.

Si la conciliación no prospera, el juez contará con 24 horas para dictar sentencia. Este cambio contrasta con el sistema actual, donde primero se fija un monto provisional y luego se realiza un análisis más exhaustivo que puede extenderse por meses o incluso años.

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¿Qué más hay que hacer para tramitar una pensión?

El nuevo código también introduce cambios en cuanto a la presentación de la demanda. Ésta podrá realizarse de manera oral o escrita, y se ofrecerá asistencia legal gratuita de la Defensa Pública para quienes no cuenten con recursos económicos suficientes.

Asimismo, una de las nuevas normativas es que en caso de que las partes acepten lo que estipula el juez como monto justo, se seguirá con el proceso de ejecución de los pagos establecidos.

No obstante, en caso de existir discrepancias con lo establecido, se realizará un llamado a audiencia durante los 15 días siguientes. En este período, acusador y acusado deberán presentar sus argumentos para llegar a un consenso.

Otro aspecto novedoso es el tratamiento de las apelaciones. Si las partes no se oponen a la resolución inicial, ésta se ejecutará de inmediato. En caso contrario, se otorgarán cinco días hábiles para apelar la decisión, sin que esto implique la suspensión del pago de la pensión ya establecida.

Igualmente, es necesario aclarar que quienes incumplan con los depósitos de la suma pactada, corren con peligro ser detenidos; e incluso, podrían ser llevados a la cárcel. Sin embargo, existe la posibilidad de que el deudor salga de prisión un tiempo breve al día para optar por un permiso especial en el que tendrá la opción de buscar empleo.

Desde octubre, el tiempo que pasará entre las rejas cuando deje pasar por alto sus responsabilidades, se basará en qué tan reincidente sea:

  • La primera vez que incumpla, dos meses.
  • La segunda ocasión, cuatro meses.
  • La tercera oportunidad, seis meses.
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¿Qué beneficios trae este nuevo sistema de pensiones?

La implementación del nuevo código marcará el fin de la actual Ley de Pensiones Alimentarias, que será derogada en octubre. A partir de ahora, las normas que regulan derechos pasarán al Código de Familia, mientras que lo relativo a procesos quedará en el Código Procesal de Familia.

Estas modificaciones se enmarcan en un esfuerzo por proteger los derechos fundamentales de las personas involucradas en procesos judiciales de familia. Básicamente, el código velará especialmente por los derechos de los cónyuges, los niños y adolescentes al resguardar a las personas más vulnerables.

Estos datos subrayan la importancia de agilizar y simplificar los procesos de pensiones alimentarias. Con la entrada en vigor del nuevo código, se espera una reducción significativa en los tiempos de resolución y una mayor eficiencia en la administración de justicia en materia familiar.

De este modo, la transformación del sistema de pensiones alimentarias en Costa Rica representará un paso importante hacia una justicia más ágil y centrada en el bienestar de las familias.


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