El Ministerio de Hacienda y de Economía aclararon hoy que la inclusión de las copas menstruales en la nueva canasta básica tributaria, obedece a un error de digitalización que se cometió al elaborar la lista final de productos que fue incluida en el decreto ejecutivo No. 41615- MEIC-H, que se publicará en los próximos días en el diario oficial La Gaceta.
La definición de los productos considerados en el decreto que está por publicarse fue definida, en forma conjunta, por Hacienda y MEIC, utilizando como base la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, elaborada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. Se tomó como punto de partida el consumo efectivo de bienes y servicios de primera necesidad de los hogares que representan el 20% de la población con menores ingresos.
Es por esta razón que entre los bienes se incluyen las toallas sanitarias delgadas (excepto la ultra delgada, con aromas, nocturna y protectores diarios), consumidas mayormente por las mujeres que conforman este grupo poblacional.
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