Los costarricenses están convocados a las urnas el próximo domingo 1 de febrero de 2026 para participar en las Elecciones Nacionales, en las que se definirá el rumbo político del país para los próximos años.
Durante esta jornada electoral, la ciudadanía elegirá a la persona que ocupará la Presidencia de la República, así como a quienes conformarán las diputaciones del Poder Legislativo.
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Es por eso que para esta jornada tan importante para los costarricenses te dejamos AQUÍ todo lo que necesita saber sobre las Elecciones Nacionales 2026:
¿Qué cargos se elegirán en las Elecciones 2026?
Durante estos comicios, la ciudadanía elegirá un total de 60 cargos públicos.
Presidente de la República y dos vicepresidentes y 57 diputados a la Asamblea Legislativa.
¿Cuál es el horario de las urnas?
Las urnas electorales en todo el país están abiertas desde las 6:00 a.m. y cerrarán a las 6:00 p. m., momento en el cual iniciará el conteo de votos en las 7.154 juntas receptoras habilitadas a nivel nacional.
¿Dónde puedo consultar mi lugar de votación?
Las personas electoras pueden acceder a esta información mediante una llamada gratuita al número 1020 o al 800-ELECTOR (800-353-2867), enviando un mensaje de texto SMS al 1020, ingresando al sitio web oficial del TSE o a través de la aplicación móvil #VotanteInformadoCR.
¿Cuántas papeletas recibirá cada persona votante?
En las juntas receptoras de votos instaladas en en el país, cada persona electora recibirá dos papeletas:
- Una para la elección de presidencia y vicepresidencias.
- Otra para la elección de diputaciones.
En el caso de los costarricenses que voten en el extranjero, únicamente se les entregará la papeleta correspondiente a presidencia y vicepresidencias.
¿Quiénes pueden votar?
Podrán ejercer el derecho al voto todas las personas costarricenses mayores de 18 años que se encuentren debidamente empadronadas en la respectiva junta receptora de votos.
El día de la elección deberán presentar su cédula de identidad en buen estado, vigente o con menos de un año de haber vencido.
Si un joven cumple 18 años el propio día de las elecciones, podrá votar si solicitó cédula a más tardar el 30 de septiembre de 2025.
Eso sí, la cédula se le entregará el día que cumpla años. El día de la elección, deberán portar su cédula de identidad vigente o con menos de un año de haber vencido.
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¿Cuál es el orden de la papeleta presidencial?
La papeleta presidencial tiene a 20 candidatos, consta de cinco columnas y cuatro filas:
Primera fila:
- Justicia Social Costarricense (Walter Hernández)
- Progreso Social Democrático (Luz Mary Alpízar)
- Unión Costarricense Democrática (Boris Molina)
- Unidos Podemos (Natalia Díaz)
- Nueva Generación (Fernando Zamora)
Segunda fila:
- Esperanza y Libertad (Marco Rodríguez)
- De la Clase Trabajadora (David Hernández)
- Centro Democrático y Social (Ana Virginia Calzada)
- Coalición Agenda Ciudadana (Claudia Dobles)
- Nueva República (Fabricio Alvarado)
Tercera fila:
- Aquí Costa Rica Manda (Ronny Castillo)
- Liberal Progresista (Eliecer Feinzaig)
- Pueblo Soberano (Laura Fernández)
- Avanza (José Aguilar Berrocal)
- Esperanza Nacional (Claudia Alpízar)
Cuarta fila:
- Liberación Nacional (Álvaro Ramos)
- Alianza Costa Rica Primero (Douglas Caamaño)
- Integración Nacional (Luis Amador)
- Frente Amplio (Ariel Robles)
- Unidad Social Cristiana (Juan Carlos Hidalgo)
Papeletas diputaciones:
San José
Alajuela
Cartago
Heredia
Guanacaste
Puntarenas
Limón
¿Cuáles son los derechos laborales durante la jornada electoral?
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) destacó una serie de aspectos importantes que las personas trabajadoras deben tomar en cuenta para ejercer su derecho al voto. En primer lugar, toda persona tiene derecho a emitir su voto.
Para ello, es necesario considerar el tiempo de traslado entre el lugar de trabajo y el centro de votación, con el fin de coordinar con el patrono el momento más adecuado del día para asistir.
En segundo término es que el tiempo utilizado para ejercer el voto no puede ser rebajado del salario, ya que se trata de un derecho constitucional.
Asimismo, las personas que laboran como integrantes de las juntas receptoras de votos cuentan con permiso con goce de salario para desempeñar esta función esencial para la democracia.
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