Directivos de la CCSS podrían reclamar daños y perjuicios por suspensión

Autonomía hace difícil establecer responsabilidad individual.

Costa Rica /

Hay una pregunta que ronda tras el anuncio de la suspensión de cinco directivos de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

¿Está a derecho la actuación por parte del Consejo de Gobierno de suspender de sus funciones a cinco de los directivos de la Caja Costarricense de Seguro Social?

Noticias Telediario planteó esta pregunta a varios especialistas, y todos coinciden que el proceder de Casa Presidencial está más lleno de nebulosas que de certezas.

Los 5 funcionarios suspendidos de sus funciones son: José Luis Loría Chaves, representante de las cooperativas, Martha Rodríguez González; representante de los sindicatos, Jorge Arturo Hernández Castañeda; representante de los patronos, Carlos Salazar Vargas; representante del Poder Ejecutivo y Maritza Jiménez Aguilar, representante del solidarismo.

Para un especialista en derecho constitucional, la actuación del Consejo de Gobierno constituye una intromisión y violación al principio de autonomía de la CCSS.

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En medio de este tema lo que está es que los nombramientos de las Juntas Directivas no se tratan de confianza. Es decir no pueden ser quitados o puestos a dedo.

La gran duda que se abre en el horizonte con el proceder del Consejo de Gobierno, es ¿quién va a investigar a los funcionarios suspendidos? Pues la ley constitutiva de la Caja no prevé un órgano que pueda sancionar a directivos de forma administrativa.

Esto por cuanto las decisiones son en todos los momentos de carácter colegiado.

Si estas actuaciones fueron contra derecho, un tribunal sea la Sala Constitucional o el Tribunal de lo Contencioso Administrativo podría derribar lo dictado por Casa Presidencial.


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