Los feriados suelen ser esperados por muchas personas, sean trabajadores o estudiantes. Hay personas que eligen estos días para descansar de las labores diarias o bien, visitar distintos lugares e ir a pasear.
En este 2024 los habitantes de Costa Rica disfrutaron de seis feriados y en agosto hay más.
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¿Cuáles son los feriados de agosto?
En agosto hay dos días feriados, estos son el 2 de agosto y el 15 de agosto.
El primero cae viernes, es el Día de la Virgen de los Ángeles, este feriado no se traslada y es de pago no obligatorio.
Mientras que el Día de la Madre, es el jueves 15 de agosto. Este feriado tampoco se traslada y es de pago obligatorio.
¿Cuáles días feriados quedan en este 2024?
Estos son los feriados que faltan por disfrutar en Costa Rica durante este 2024.
- 2 de agosto, viernes. (Pago no obligatorio)
- 15 de agosto, no se traslada. (Pago obligatorio)
- 31 de agosto, sábado. (Pago no obligatorio)
- 15 de septiembre, no se traslada. (Pago obligatorio)
- 1° de diciembre, no se traslada. (Pago no obligatorio)
- 25 de diciembre, no se traslada. (Pago obligatorio)
¿Qué establece el Código de Trabajo sobre los feriados?
Según la legislación costarricense, se prohíbe a los empleadores convocar (obligar) a sus trabajadores a laborar en días feriados, caso contrario deberán pagar una penalización establecida por ley.
“… Prohibido a los patronos ocupar a sus trabajadores durante los días feriados; y el que lo hiciere sufrirá una multa de ley y deberá indemnizarlos en la forma que determina el párrafo segundo del artículo 152”, establece.
De hecho, el artículo 152 en cuestión indica que la penalización corresponde a pagar al trabajador “… El doble del salario que ordinariamente les pague…” como multa al patrono.
Es decir, en realidad cuando se habla de feriados de pago obligatorio existe, como reseña su nombre, el deber de remunerar al trabajador aunque no trabaje; sin embargo, en caso de requerir la presencia del empleado, deberá atenerse a la penalización previamente citada.
¿Cómo se pagan los feriados de pago obligatorio en Costa Rica?
Las empresas que realizan el pago semanal, tienen obligación de remunerar solo los días feriados de pago obligatorio.
“Cuando en una semana hay un feriado de pago obligatorio, el patrono deberá cancelar, además, del salario devengado en los días efectivamente laborados, un adicional sencillo por el día feriado”, detalló el MTSS.
Eso quiere decir que los trabajadores con pago semanal, que trabajen un feriado de pago obligatorio, el día será reconocido como doble.
Si se trabajan horas extras durante estos días feriados, se deben pagar a tiempo y medio doble, o sea pago triple.
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