Esta semana inicia con condiciones ventosas y de muy pocas precipitaciones las cuales se mantendrán la mayor parte de la semana, de acuerdo con el Instituto Meteorológico Nacional (IMN).
Se prevén fuertes ráfagas de viento en todo el territorio nacional, con máximos de hasta 90 km/h en los sectores montañosos. Hay muy poco posibilidad de lluvias en el Valle Central y Pacífico Norte.
Por otro lado, se estarán presentando lluvias aisladas en el Pacífico Sur durante la tarde. En el Caribe hay posibilidad de lluvias aisladas, en particular en la mañana.
¿Cuál es la tendencia semanal sobre el pronóstico del clima?
Durante jueves y viernes se estiman eventos aislados de precipitación y tormenta eléctrica en los periodos vespertinos; concentrándose en las regiones del Pacífico, el Valle Central y Zona Norte; favorecido primordialmente por ingreso de brisas marinas desde el Océano Pacífico hacia el centro del país y temperaturas matutinas cálidas.
Hacia el fin de semana se estima una disminución gradual en la humedad contenida en la atmósfera, al mismo tiempo un incremento en la presión atmosférica en la Cuenca del Caribe; lo anterior reducirá la posibilidad de lluvias particularmente en el Pacífico Norte y Valle Central, especialmente el día domingo.
¿Cuál es el pronóstico del tiempo? Perspectiva del 20 al 26 de marzo
Mañanas: Nubosidad parcial, temperaturas cálidas.
Tardes: En el Pacífico Norte y Valle Central nubosidad variable con lluvias y tormenta jueves y viernes; luego parcialmente nublado. El Pacífico Central y Sur mantendrá mayormente nublado con lluvias aisladas y tormenta eléctrica. En el Caribe y la Zona Norte se espera parcialmente nublado, posibles lluvias en las montañas.
Noches: Nubosidad variable entre parcial y total, lluvias durante las primeras horas de la noche en el Pacífico, Valle Central, montañas del Caribe y la Zona Norte; especialmente jueves y viernes.
El patrón usual de marzo se vislumbra en este periodo, predominando nubosidad parcial, temperaturas muy cálidas y ambiente bochornoso. Son posibles lluvias vespertinas en el Pacífico Sur.
Consejo de Salud Ocupacional: ¿Qué es el estrés térmico por calor?
En el reglamento para la prevención y protección de las personas trabajadoras expuestas a estrés térmico por calor. D.E. 39147 del Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud , se define como la carga neta de calor a la que están expuestas las personas trabajadoras, como resultado de tres tipos de factores que pueden estar presentes en el trabajo, juntos o no:
- Condiciones ambientales (alta temperatura, alta humedad, calor radiante).
- Trabajo pesado (consumo metabólico mayor a 2000 kcal/jornada).
- Ropa o equipos de protección personal (EPP) con características aislantes que dificultan o impiden la transpiración.
¿Cuáles son los efectos en las personas trabajadoras?
La persona trabajadora puede presentar Manifestaciones clínicas: Son las manifestaciones objetivas, clínicamente fiables, y observadas en la exploración médica, es decir, en el examen físico del paciente, y los síntomas subjetivos, percibidos únicamente por el paciente como, por ejemplo, el dolor, la debilidad y el mareo. Entre las manifestaciones clínicas por calor están:
Agotamiento por calor: Es una manifestación clínica causada por la exposición a temperaturas altas, sobre todo combinada con mucha humedad y actividad física intensa. La persona puede presentar piel fría y húmeda, sudoración profusa, dolor de cabeza, náuseas o vómitos, mareo, calambres, aturdimiento, debilidad, sed, irritabilidad, pulsaciones rápidas.
Golpe de calor o insolación: Es una manifestación clínica ocasionada por el exceso de calor en el cuerpo, generalmente como consecuencia de la exposición prolongada a altas temperaturas y/o del esfuerzo físico que llevan a desequilibrio electrolítico. Es una urgencia médica extrema porque es a la vez de aparición muy rápida y puede ocasionar la muerte si no se trata rápidamente. La persona puede presentar piel enrojecida, caliente y seca o sudoración excesiva, temperatura corporal muy alta, confusión, convulsiones, desmayo.
Un golpe de calor puede llevar a que la persona sufra una lesión renal aguda que se puede recuperar, pero si sufre en forma repetida la lesión renal aguda y no recibe tratamiento médico puede llevar a sufrir una Enfermedad Renal Crónica no Tradicional e incluso la muerte.
¿Cuáles son las medidas de prevención y protección que la persona empleadora debe implementar en todo centro de trabajo donde se realizan labores al aire libre?
Las medidas de prevención y protección son aquellas que se deben tomar en cuenta, para asegurar la salud y seguridad de las personas trabajadoras. En el reglamento se establecen
El área de sombra, la cual es un área destinada para uso de las personas trabajadoras para su descanso, hidratación y consumo de alimentos, pueden ser fijas o móviles, permanentes o temporales, también se considerará la sombra provista por el follaje de árboles o cultivos de alto porte.
El consumo de bebidas hidratantes como el agua o soluciones que se administren al organismo, para prevenir o corregir deshidratación.
El agua debe ser potable estar accesible, durante toda la jornada de trabajo para que la persona trabajadora la consuma en la cantidad que lo requiera, las bebidas isotónicas se le darán a la persona trabajadora que realice labores y este en un nivel de riesgo IV según el índice de calor.
El descanso son los tiempos que la persona trabajadora utiliza para consumir los alimentos, las bebidas hidratantes y cuando hace uso de los servicios sanitarios.
Se le deben dar elementos de protección a las personas que realizan labores directamente bajo el sol, gorra con cobertor en el cuello o sombrero de ala ancha, camisa con mangas largas o mangas protectoras.
Aclimatación: Las personas que realizan labores expuestos a estrés térmico y realizan labores pesadas, deben pasar por un proceso de aclimatación, definido por las personas encargadas de salud ocupacional:
a) Si la persona trabajadora realiza por primera vez este tipo de trabajo, debe laborar el 20% de la jornada, el primer día e incrementar un 20% cada día, hasta completar el 100% de la jornada.
b) Si la persona trabajadora reingresa o ha tenido un periodo de vacaciones entre siete a catorce días, debe laborar el 50% el primer día, 60% el segundo día, 80% el tercer día y 100% el cuarto día.
Capacitación: al inicio de la contratación y actualizaciones anuales, en los siguientes temas:
- Medidas de prevención y protección sobre los riesgos relacionados con el estrés térmico por calor.
- Importancia de la hidratación.
- Signos y síntomas de las manifestaciones clínicas relacionadas a la sobrecarga térmica y los procedimientos a seguir.
- Aclimatación.
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