Si usted necesita circular en su vehículo en horarios con restricción vehicular sanitaria, no olvide que a partir del 1° diciembre deberá renovar la carta de excepción, ya que todas las cartas emitidas en el mes de octubre caducan el lunes 30 de noviembre.
Según el Decreto Ejecutivo 42295-MOPTS-S las cartas de excepción a la restricción vehicular sanitaria deben de renovarse cada dos meses contados a partir de su fecha de emisión.
Recuerde que la carta puede ser presentada en físico o digital. Además, aquellos trabajadores que cuenten con gafete institucional o empresarial, deberán mostrarlo adicional a la carta de excepción.
En caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas.
Un estudio científico del Programa Estado de la Nación, publicado el 17 de noviembre, reveló que en las zonas de Costa Rica donde hay alta congestión vial tiende a existir también un alto nivel de contagio, por lo que reducción de la movilidad de las personas permite contener la transmisión del virus, evitar la saturación hospitalaria y salvar vidas. Estos resultados coinciden con investigaciones en Reino Unido, Italia, Estados Unidos y China.
La aplicación de la restricción vehicular sanitaria cuenta con 18 tipos de excepciones que permiten a la ciudadanía desplazarse con motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio, visitas a veterinarias, entre otras.
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