Este martes 26 de abril en horas de la tarde, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en segundo debate la Ley que permitirá que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), cobre por la reposición de la cédula.
El expediente N° 22.822 "Ley para la gestión de las reposiciones de las cédulas de identidad", recibió 39 votos a favor en el Plenario Legislativo y no obtuvo ningún voto en contra.
Al ser la segunda votación, pasará al Poder Ejecutivo para que se convierta en una nueva Ley de la República. Cabe destacar que quien propuso este proyecto, fue la presidenta del Congreso, Silvia Hernández.
Una vez que se convierta en Ley de la República, el TSE podrá cobrar un monto económico por la reposición de la cédula a partir de la segunda solicitud. Las personas con discapacidad, adultos mayores, población indígena y la cedulación en cárceles estarán excentas de este cobro.
A su vez el Tribunal podrá establecer otros casos de excepción al pago, teniendo en cuenta criterios de extrema pobreza y desempleo.
Situaciones en las que el TSE no podrá cobrar por la reposición
Dos meses antes o incluso el mismo día de elecciones presidenciales, el TSE no podrá efectuar ningún cobro sobre la reposición de este documento. Tampoco cuando se elijan a las autoridades municipales.
TSE definirá el costo de la reposición de cédula anualmente, por medio de un acuerdo basado en el principio de servicio al costo. Será divulgado por los medios de la institución correspondientes.
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