Ya se acerca uno de los momentos más esperados del año que es el pago del aguinaldo en Costa Rica.
Según establece el Ministerio de Trabajo, es un salario adicional que debe pagar toda persona empleadora a las personas trabajadoras, cualquiera que sea su actividad.
En caso de que la relación laboral termine antes del mes de diciembre, la persona trabajadora tiene derecho a que se le pague al momento de la terminación de la relación laboral.
Para este 2022, el Ministerio de Hacienda informó que depositará a partir del viernes 2 de diciembre un total de ¢232.622 millones, por concepto de aguinaldo, a 228.863 personas, entre funcionarios activos del Gobierno Central y pensionados con cargo al Presupuesto Nacional.
Tome en cuenta que, para la determinación de este pago, se contempla el salario o pensión recibido desde el 1 de noviembre del 2021 hasta el 31 de octubre del 2022.
¿Hasta cuándo hay tiempo de pagarlo?
La fecha máxima es el 20 de diciembre.
¿Tiene un trabajo temporal? Así aplica:
De acuerdo con la explicación que dio la consultora en Recursos Humanos, Valeria Ramírez, durante una entrevista en La Revista, el trabajador recibiría un aguinaldo proporcional.
“Digamos que la persona ingresó a trabajar el 1 de noviembre hasta el 31 de enero, entonces este colaborador va a percibir un aguinaldo proporcional que corresponde del 1 de noviembre al 30 de noviembre. Esto corresponde al pago del 2022 y a partir del 1 de diciembre al 31 de enero se le calcula la segunda parte, pero ya correspondiente al 2023”, mencionó Ramírez.
Este derecho lo tiene toda persona trabajadora sin importar su forma de pago, que tenga como mínimo un mes laborado para una misma persona empleadora en forma continua, así como los que trabajan por contrato a plazo fijo o por obra determinada (eventual, ocasional) y los que trabajan por días y horas a la semana.
- Esta es la fecha límite para el pago del aguinaldo en Costa Rica
- Nacional
En caso de incumplimiento:
La persona trabajadora puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo más cercana.
Si no lo paga, si se atrasa o si lo paga incompleto, se tendrá como una retención indebida del salario y una falta grave de la persona empleadora a las obligaciones del contrato. Además, se hará acreedora a la multa de ley, según los perjuicios que provoque y el número de personas trabajadoras que ocupe.
Cálculo de monto:
Se debe calcular con base en los salarios ordinarios y extraordinarios durante los 12 meses que van desde el 1 de diciembre anterior al 30 de noviembre del año actual. Se obtiene la suma de estos salarios y se divide en 12.
Tome en cuenta que, para calcular el aguinaldo se deben incluir las “horas ordinarias” y “las horas extraordinarias”, así como cualquier otro pago salarial que se haya realizado en el período.
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