El pago del aguinaldo está cada vez más cerca, las empresas privadas pueden iniciar a darlo a partir del 1° de diciembre, mientras que el sector privado lo hará el 6 de ese mismo mes.
Muchas personas están esperando que este pago llegue para poder realizar sus compras navideñas, irse a pasear o bien pagar algunas deudas, pero, hay algunas dudas sobre este salario adicional.
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¿Quiénes reciben el pago del aguinaldo 2023?
El aguinaldo es un "salario adicional" que debe pagar toda persona empleadora a sus empleados.
"El derecho lo tiene toda persona trabajadora sin importar su forma de pago, que tenga como mínimo un mes laborado para una misma persona empleadora en forma continua", explicó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Además, los que trabajan por contrato a plazo fijo o por obra determinada (eventual, ocasional) y los que trabajan por días y horas a la semana.
Asimismo, unos 485 mil pensionados del Régimen Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y del Régimen No contributivo (RNC) recibirán el próximo jueves 30 de noviembre el "salario adicional", según informó la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), este lunes.
¿Hasta cuándo tiene tiempo la empresa o empleador de pagar el aguinaldo?
El aguinaldo se debe pagar hasta el 20 de diciembre.
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Si la persona empleadora se pasa de este fecha y es denunciado por el empleado, tendrá una multa de ley, según los perjuicios que cause y el número de personas que ocupe, de acuerdo con el MTSS.
¿Cómo se calcula el aguinaldo en Costa Rica?
El aguinaldo es el calculo de todos los salarios ordinarios y extraordinarios.
Es decir, es la suma de los salarios de 12 meses, desde el 1° de diciembre, en este caso del 2022, hasta el 30 de noviembre del 2023.
El monto total que da esta suma, se debe dividir entre 12 y el resultado sería el monto del aguinaldo.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), tiene una calculadora donde se puede ingresar y calcular este monto.
Si desea calcular su aguinaldo, puede hacerlo ingresando a este link.
¿El aguinaldo se puede embargar?
El aguinaldo es un derecho de cada trabajador, por lo que no se puede tocar, es decir no se puede embargar ni retener.
Sin embrago, si se tiene una orden judicial, si puede hacerse el rebajo, por ejemplo, por pensión alimentaria.
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