Así cambia la declaración de impuestos en España si te has separado o divorciado

Tu estatus civil cambia la manera de presentar tu declaración tributaria ante las autoridades, así como en el caso de tener hijos o no dentro de un matrimonio.

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Costa Rica /

ESPECIAL. - En España, el estado civil de un contribuyente puede afectar a su declaración del Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas. Del mismo modo que no es lo mismo realizar este proceso estando soltero que hacerlo una vez contraído matrimonio, también deberemos tener en cuenta si acabamos de cumplir un proceso de separación o divorcio.

¿Cómo debo hacer la declaración en estos casos?

En el supuesto de que el matrimonio no tuviera hijos en el momento del divorcio, cada uno deberá realizar de manera particular su Declaración de la Renta.

Sin embargo, en caso de que ambos tuviesen descendientes, quien asuma la custodia legal de los vástagos será el aspecto que determinará qué modalidad de tributación deben llevar a cabo. Además, otro de los elementos a tener en cuenta serán las deducciones fiscales en caso de pensión alimenticia o compensatoria.

Dónde residan los hijos, en casa del padre o en casa de la madre, afectará a la tributación de las reducciones y deducciones. La prestación por alimentos y gastos, la pensión compensatoria o los gastos sujetos a desgravación (siempre que hayan sido impuestos por un juez) son algunas de las cuestiones que afectarán a la Declaración de la Renta de ambos. Si estos condicionantes fueron acordados de manera amistosa, tan solo se podrá desgravar la pensión compensatoria.

¿Declaración individual o conjunta?

El miembro que tenga la custodia de los hijos será quien determine si decide realizar la declaración de manera conjunta a sus herederos. En caso de que elija esta opción, el otro excónyuge hará la declaración de manera individual, deduciéndose gastos como, por ejemplo, la prestación por alimentos.

En el supuesto de que la custodia sea compartida, cada uno de los miembros tendrá derecho a realizar la Declaración de la Renta conjunta, aunque únicamente uno de los dos será el que podrá emplear esta opción cada ejercicio.

¿Afecta la fecha de separación o divorcio?

La Declaración de la Renta de cada uno de los miembros se realizará en base al estado civil de ambos a fecha de 31 de diciembre. Es decir, la declaración es idéntica para aquel que haya oficializado su divorcio en abril que para el que lo haya hecho el 30 de diciembre de ese mismo curso.

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