Divorcios en Costa Rica: Proceso va a cambiar a partir de octubre 2024

Nuevo Código Procesal de Familia simplificará trámites matrimoniales y adopciones.

    Costa Rica implementa divorcios fáciles por Código de Familia
Costa Rica /

Costa Rica se prepara para una transformación significativa en sus procesos familiares con la entrada en vigor del nuevo Código Procesal de Familia el próximo 1° de octubre.

A través de una nueva reforma, se espera que se agilicen y simplifiquen diversos trámites relacionados con el estado civil de los ciudadanos para mejorar la gestión de asuntos familiares en el país.

El cambio más notable afecta directamente a los procesos de divorcio por mutuo acuerdo. A partir de octubre, las parejas que decidan separarse de manera consensuada ya no tendrán que acudir a los juzgados de Familia.

La opción que se les dará ahora es la de formalizar su divorcio directamente en el Registro Civil, lo que se espera reduzca significativamente los tiempos de espera y la burocracia asociada a estos procedimientos.

¿Qué necesito para divorciarme en Costa Rica?

A partir de octubre, se podrá divorciar por mutuo acuerdo con sólo tres requisitos:

  • La intervención de un notario público para llevar a cabo este trámite.
  • El profesional redactará el acuerdo de divorcio en una escritura. 
  • Este documento se presentará posteriormente al Registro Civil para su revisión y aprobación

Así de fácil será tomar caminos separados. El proceso tendrá similitud con otros trámites legales como los traspasos de bienes.

Sin embargo, es importante aclarar que esta simplificación se aplica únicamente a los divorcios por mutuo acuerdo y aquellos en los que no hay hijos de por medio ni una distribución de bienes. Los casos más complejos o contenciosos tendrán que seguir bajo la intervención de un juez de Familia.

¿Qué otros cambios habrá en el Código Procesal de Familia?

El matrimonio también experimenta cambios con esta reforma. El Registro Civil se suma a la Iglesia católica y a los notarios públicos como opción para celebrar uniones matrimoniales. 

Esto significa que los juzgados de Familia dejarán de tener esta función y se ofrecerá a los costarricenses una alternativa más accesible para formalizar sus relaciones.

Otro aspecto relevante de la reforma es la simplificación del proceso de reconocimiento de hijos nacidos fuera del matrimonio cuando la madre aún está casada. 

Hasta ahora, estos casos requerían un largo trámite judicial. Con el nuevo código, el padre biológico podrá acudir directamente al Registro Civil para solicitar el reconocimiento, lo que eliminará barreras burocráticas que afectaban a muchas familias.

Asimismo, las adopciones de personas mayores de edad también se beneficiarán de esta reforma. Estos procesos podrán gestionarse ahora ante un notario público, quien levantará una escritura con los consentimientos y voluntades de las partes involucradas. 

Este documento se presentará luego al Registro Civil, por lo que se evitará la necesidad de intervención judicial en la mayoría de los casos.

¿Por qué se hicieron cambios en el Código Procesal de Familia?

El objetivo principal de estas reformas es facilitar el acceso a los trámites de estado civil y reducir la carga de trabajo en los juzgados de Familia. Se busca que los asuntos que no requieren intervención judicial se resuelvan de manera más rápida y eficiente en el Registro Civil.

Estos cambios prometen ir más allá de sólo agilizar los procesos, ya que también reflejan una evolución en la concepción del Derecho de Familia en Costa Rica. 

El nuevo código introduce principios que ponen al ser humano en el centro de las decisiones judiciales, lo que permitirá resolver los trámites pendientes y, en paralelo, el fondo de los asuntos familiares.

Entre estos principios destacan la resolución con el mejor interés, que implica profundizar en cada caso concreto en lugar de aplicar fórmulas genéricas, y la inclusión de los menores de edad en la generación de soluciones. 

Además, se enfatiza la obligación de los jueces de hacer efectivos los Derechos Humanos de las personas en condición.

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